Régimen cubano podrá quedarse con viviendas abandonadas, según el nuevo proyecto de ley

Régimen cubano podrá quedarse con viviendas abandonadas, según el nuevo proyecto de ley

El régimen cubano presentó ante la Asamblea Nacional del Poder Popular el proyecto definitivo de la nueva Ley de la Vivienda, que incluye una disposición que permitiría al Estado apropiarse de inmuebles abandonados y reasignarlos a otros ciudadanos.

El artículo 141 del proyecto publicado por la Asamblea Nacional establece que si una vivienda llega al estado de ruina por abandono y el propietario no toma medidas para recuperarla, «la Dirección de la Vivienda Municipal podrá solicitar al Tribunal competente la pérdida del derecho por abandono y su disponibilidad a favor del Consejo de la Administración Municipal para su posterior asignación».

Por su parte, el artículo 18 del proyecto también refuerza ese control estatal al encargar a la Dirección de la Vivienda Municipal mantener actualizado el levantamiento de las edificaciones en estado de ruina e informar al Consejo de la Administración Municipal para su inclusión en los planes de inversiones.

Cuando Ordenamiento Territorial dictamine la ruina de una edificación, el director municipal de la Vivienda podrá comunicar por escrito a los ocupantes el plazo en que están obligados a abandonarla y su reubicación, “si procede”.

La norma se conecta directamente con el éxodo migratorio masivo que ha vaciado miles de hogares en toda la isla.

Más de 850,000 cubanos llegaron a Estados Unidos desde 2022, en el mayor éxodo de la historia moderna de Cuba, según datos recogidos por El País, dejando un número indeterminado de viviendas cerradas o en deterioro acelerado por falta de mantenimiento.

El artículo 139 del mismo proyecto complementa esa facultad al obligar a todos los propietarios a «recuperar el valor de uso de la vivienda que se encuentre deshabitada de forma permanente», incluso antes de que sea declarada formalmente en ruina.

Esa cadena se completa con el artículo 50, que establece que las viviendas que construya el Estado o queden a su disposición serán asignadas por acuerdo de los consejos de la Administración municipales, según prioridades establecidas por el Consejo de Ministros y otros criterios definidos por las asambleas municipales del Poder Popular.

El proyecto, firmado por Miguel Díaz-Canel como presidente de la República y por Juan Esteban Lazo Hernández como presidente de la Asamblea, derogaría la Ley General de la Vivienda de 1988 y sus nueve decretos-leyes modificatorios.

Entre los cambios más relevantes figura también la creación de juntas de administración en edificios multifamiliares con capacidad para fijar cuotas mensuales obligatorias de gastos comunes, cuyos acuerdos serán «vinculantes para todos los titulares», según el artículo 157.

El texto ratifica además el límite de dos viviendas por persona natural más una de descanso o veraneo, e impone restricciones de 15 años a quienes reciban inmuebles subsidiados: si venden o donan antes de ese plazo, deben devolver al Presupuesto del Estado el monto total subsidiado.

Los propietarios también quedarán obligados a mantener limpias las áreas exteriores frente a sus inmuebles, entre la acera y el contén.

El proyecto llega en medio de una crisis habitacional que el propio régimen reconoció en julio de 2025: el déficit supera las 805,583 viviendas, el 35% del parque habitacional está en estado regular o malo, y el Estado solo completó el 22% de su plan de construcción para 2025.

El texto también introduce por primera vez la posibilidad de que extranjeros compren apartamentos a través de inmobiliarias estatales si realizan inversiones significativas en la economía cubana, y elimina la confiscación automática de herencias por emigración, al establecer que «no resulta de aplicación la incapacidad para suceder por haber sido declarado emigrado».

Una vez aprobada por la Asamblea Nacional, la ley entrará en vigor a los 90 días de su publicación en la Gaceta Oficial, y el Consejo de Ministros tendrá 60 días para dictar su reglamento.