El Consejo de Estado de Cuba hizo efectivo este viernes el Decreto-Ley 129 de 2026, que deja sin efecto el Decreto-Ley 155 «Sobre el decomiso de las mercancías por violación de las disposiciones establecidas en el Registro Central Comercial», una norma vigente desde el 28 de septiembre de 1994.
La nueva disposición fue firmada en La Habana el 28 de julio de 2026 por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, y entró en vigor este viernes con su publicación en la Gaceta Oficial No. 69 Ordinaria de 2026, páginas 2 y 3, bajo el identificador GOC-2026-466-O69.
El Decreto-Ley 155 de 1994 facultaba a las autoridades a imponer a personas naturales y jurídicas el decomiso de instrumentos, equipos, mercancías o efectos como sanción accesoria por contravenciones al Registro Central Comercial, un registro obligatorio adscrito al Ministerio del Comercio Interior al que deben inscribirse todos los establecimientos que realicen actividades comerciales o de prestación de servicios en Cuba.
Aquella norma operaba de forma complementaria al Decreto 184 «Sobre el Registro Central Comercial», de agosto de 1993, y ambas conformaron durante más de tres décadas el andamiaje regulatorio del comercio interior cubano.
El sustento legal de la derogación descansa en dos normas más recientes: la Ley 177 «Del Régimen General de Contravenciones y Sanciones Administrativas», aprobada el 17 de julio de 2025, que estableció un nuevo régimen general de sanciones administrativas; y el Decreto 168 de 12 de julio de 2026, que actualizó la regulación del propio Registro Central Comercial y derogó el Decreto 184 de 1993.
Con ambas normas en vigor, el Decreto-Ley 155 quedó sin sustento legal. El propio texto del Decreto-Ley 129 lo reconoce así: «Las Transformaciones Económicas y Sociales aprobadas promueven la actualización del marco regulatorio del comercio interior en el país y en este sentido derogar el referido Decreto-Ley 155».
La nueva norma incluye una disposición transitoria que protege los procedimientos administrativos en curso: «Los asuntos que se encuentren en tramitación al momento de la entrada en vigor del presente Decreto-Ley continúan su curso con arreglo al Decreto-Ley 155», de modo que ningún expediente abierto queda en un vacío legal.
El Decreto-Ley 129 no es la única norma publicada en la Gaceta No. 69 de este viernes.
El número concentra un paquete de ocho disposiciones vinculadas a la reforma del comercio interior, entre ellas el Decreto 167 del Comercio Interior, la Resolución 15 del Ministerio del Comercio Interior sobre flexibilización del comercio mayorista, y la Resolución 25 del mismo ministerio sobre tarifas máximas para los servicios del Registro Central Comercial.
En conjunto, estas normas reconfiguran el régimen del comercio interior cubano en el marco de las llamadas «Transformaciones Económicas y Sociales» anunciadas por el gobierno en 2026.
¿Tienes algo que reportar?
Escribe a CiberCuba:
editores@cibercuba.com
+1 786 3965 689
Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.
